Garantías Explícitas en Salud (GES)

GES

¿Qué hacer en caso de Urgencia?

¿Qué hacer en caso de Urgencia?

Descripción

En caso de sufrir una emergencia con riesgo vital asociada a una patología GES, por ejemplo un infarto cardíaco, el paciente debe ser dirigido inmediatamente al servicio de urgencia del establecimiento de salud más cercano. Allí, el médico tratante certificará por escrito la situación de riesgo vital y debe ser notificado en la página WEB de la Superintendencia de Salud.

Si producto de la urgencia debe ingresar a un establecimiento que no corresponde a la Red de Prestadores GES, el acompañante deberá contactarse a la brevedad con la Isapre a fin coordinar su traslado al prestador de la Red GES designado por la Isapre, cuando el paciente se encuentre estabilizado.

Si decide continuar su tratamiento en el Centro Asistencial al que ingresó, y éste no pertenece a la Red GES, no corresponderá la cobertura GES y regirá la cobertura otorgada por el Plan de Salud Complementario.

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¿Cómo accedo a las GES?

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